COMITÉ INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO (CICTE)

DÉCIMOSEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES

7 de marzo de 2012, Washington, D.C.

OEA/Ser.L/X.2.12, CICTE/DEC.1/12 rev. 1, 9 marzo 2012. Original: español

DECLARACIÓN “FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIBERNÉTICA EN LAS AMÉRICAS” (Aprobado durante la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de marzo de 2012)

DECLARACIÓN “FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIBERNETICA EN LAS AMÉRICAS” (Aprobado durante la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de marzo de 2012) LOS ESTADOS MIEMBROS DEL COMITÉ INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO (CICTE) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), reunidos en su duodécimo período ordinario de sesiones, celebrado en Washington, D. C., el 7de marzo de 2012;

REAFIRMANDO la naturaleza, principios y propósitos del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) y reiterando su más vehemente condena del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, cualquiera sea su origen y manifestación de acuerdo con los principios de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, y con la Convención Interamericana contra el Terrorismo, y con pleno respeto a la soberanía de los países, al Estado de derecho y al derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los refugiados”;

RECONOCIENDO que la amenaza del terrorismo se ve agravada cuando existen conexiones entre el terrorismo y el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el lavado de activos y otras formas de delincuencia organizada trasnacional, y que tales ilícitos pueden ser utilizados para apoyar y financiar actividades terroristas;

REAFIRMANDO todas las Declaraciones adoptadas en los períodos de sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo y haciendo suyas todas las Resoluciones aprobadas en materia de terrorismo por la Asamblea General de la OEA;

HACIENDO SUYOS el marco internacional de combate al terrorismo adoptado por la Organización de las Naciones Unidas a través de las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad y de la Estrategia Global contra el Terrorismo;

ENFATIZANDO la importancia que los Estados Miembros de la OEA firmen, ratifiquen o adhieran, según sea el caso, y apliquen de manera eficaz la Convención Interamericana contra el Terrorismo, así como los instrumentos jurídicos universales pertinentes, incluyendo las 18 convenciones, protocolos y enmienda internacionales relacionados, las resoluciones 1267 (1999), 1373 (2001), 1540 (2004), 1624 (2005) y otras resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, adoptada por la Asamblea General de dicha organización con el fin de combatir el terrorismo y detener y denegar protección y de llevar ante la justicia, en aplicación del principio de extraditar o procesar a todo el que apoye o facilite la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o la facilitación de refugio seguro o participe o intente participar en dichas actividades;

RECORDANDO que la Declaración sobre Seguridad en las Américas (México, 2003) identificó como relevantes, entres otras nuevas amenazas, el terrorismo y los ataques a la seguridad cibernética, y comprometió a los Estados Miembros a desarrollar una cultura de seguridad cibernética en las Américas con la adopción de medidas de prevención eficaces para prever, enfrentar y responder a los ataques cibernéticos, cualquiera fuera su origen, luchando contra las amenazas cibernéticas y la delincuencia cibernética, tipificando los ataques contra el espacio cibernético, protegiendo la infraestructura crítica y asegurando las redes de los sistemas;

RECONOCIENDO que la lucha contra el terrorismo requiere de sistemas de justicia penal que respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales, para asegurar que las personas que planifiquen, realicen o apoyen actos de terrorismo sean llevados ante la justicia;

SUBRAYANDO su apoyo a las víctimas de terrorismo y sus familiares, expresando su solidaridad con ellos, así como la importancia de proporcionarles la asistencia adecuada de acuerdo a la normativa interna;

RECORDANDO ASIMISMO la resolución AG/RES. 1939 (XXXIII-O/03) «Desarrollo de una estrategia interamericana para combatir las amenazas a la seguridad cibernética» y la resolución AG/RES. 2004 (XXXIV-O/04) «Adopción de una estrategia interamericana integral de seguridad cibernética: Un enfoque multidimensional y multidisciplinario para la creación de una cultura de seguridad cibernética»;

TENIENDO PRESENTE que la Estrategia Interamericana Integral de Seguridad Cibernética define un enfoque multidimensional y multidisciplinario que establece mandatos específicos para el Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), la Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA) y su Grupo de Expertos Gubernamentales en Materia de Delito Cibernético;

TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN de la amplia labor realizada desde 2004 por la Secretaría del CICTE para implementar la mencionada Estrategia y su Plan de Trabajo, el cual incluye el área de Protección de la Infraestructura Crítica y, dentro de ella, el Programa de Seguridad Cibernética;

REITERANDO la importancia de continuar implementando dicha Estrategia Interamericana para Combatir las Amenazas a la Seguridad Cibernética y la necesidad de fortalecer las alianzas entre todos los actores de la seguridad cibernética;

RECONOCIENDO que la libre expresión y la libre circulación de la información, ejercidas de conformidad con los instrumentos internacionales y regionales sobre Derechos Humanos son esenciales para la innovación y el funcionamiento de las redes informáticas que sustentan el crecimiento económico y el desarrollo social;

RECONOCIENDO TAMBIÉN que los Estados Miembros del CICTE utilizan en forma creciente la infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), redes, sistemas de información y tecnologías relacionadas, e integradas en la red global de Internet, y que ello aumenta el posible impacto sobre los Estados Miembros de las amenazas a la seguridad cibernética y la explotación de vulnerabilidades relacionadas;

CONSIDERANDO, por tanto, que el adecuado desarrollo de capacidades y marcos de seguridad cibernética y de la infraestructura de TIC son fundamentales para la seguridad regional, nacional e individual, así como para estabilidad económica; y

CONSCIENTES de la necesidad de continuar fortaleciendo la Secretaría del CICTE en sus funciones de apoyo a los Estados Miembros en aumentar sus capacidades de cooperación para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo,

DECLARAN:

1. Su más enérgica condena al terrorismo, en todas sus formas y manifestaciones, por considerarlo criminal e injustificable, bajo cualquier circunstancia, en dondequiera y por quienquiera sea cometido, y porque constituye una grave amenaza a la paz y la seguridad internacionales, a la democracia, estabilidad y prosperidad, de los países de la región.

2. Su más firme compromiso de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo mediante la más amplia cooperación posible, con pleno respeto a la soberanía de los Estados y en cumplimiento de las obligaciones asumidas en la legislación nacional y el derecho internacional, incluidos el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los refugiados.

3. Su compromiso de adoptar medidas para fortalecer los mecanismos de cooperación internacional, en especial en el ámbito hemisférico, incluyendo la aplicación de la extradición y la asistencia legal mutua, así como el intercambio de información, incluyendo información financiera, de conformidad con su legislación interna con el fin de detener y denegar protección y de llevar ante la justicia a todo el que apoye o facilite la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o la facilitación de refugio seguro o participe o intente participar en dichas actividades.

4. Su exhortación a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que firmen, ratifiquen o adhieran, según sea el caso, y que implementen de manera efectiva la Convención Interamericana contra el Terrorismo, así como los instrumentos jurídicos universales pertinentes, y las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

5. Su compromiso renovado de implementar la Estrategia Interamericana de Seguridad Cibernética, adoptada mediante la resolución AG/RES. 2004 (XXXIV-O/04).

6. La necesidad de que todos los Estados Miembros continúen sus esfuerzos por establecer y/o fortalecer grupos nacionales de alerta, vigilancia y advertencia ante incidentes cibernéticos, conocidos como Equipos de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CSIRT).

7. La importancia que los Estados Miembros participen en la Red de Seguridad Hemisférica de los CSIRT y de Autoridades en Seguridad Cibernética, así como que aumenten el intercambio de información entre los Estados Miembros y la cooperación relacionada con la protección de infraestructura de información crítica, y para la prevención y respuesta a incidentes de ciber seguridad.

8. La importancia de reforzar la seguridad y la resistencia de tecnologías de infraestructura crítica de información y comunicaciones (TIC) ante las ciber amenazas, con especial énfasis en las instituciones gubernamentales críticas así como en los sectores críticos para la seguridad nacional, incluyendo los sistemas de energía, financieros, transporte y telecomunicaciones.

9. Su voluntad de continuar desarrollando estrategias nacionales de seguridad cibernética integrales e involucrar a todos los actores pertinentes en su desarrollo e implementación.

10. La importancia de promover la cooperación del sector público con el privado y académico para fortalecer el resguardo y la protección de dicha infraestructura crítica de información y comunicaciones.

11. Explorar futuras oportunidades para ampliar los esfuerzos del CICTE para proteger sistemas de infraestructura crítica de la información y comunicaciones, incluyendo la implementación de programas de desarrollo de capacidades que fortalezcan todos los componentes críticos de las cadenas de suministro global.

12. Alentar a los Estados Miembros a proveer contribuciones voluntarias para fortalecer la capacidad del CICTE para asistir a los Estados Miembros, cuando así se lo solicite, en la implementación de las secciones respectivas de la Estrategia y de esta Declaración.

13. Exhortar que el Fondo Regular de la OEA aporte los recursos necesarios para proveer a la Secretaría del CICTE los recursos humanos y financieros que aseguren la continuidad de sus actividades y la implementación de sus mandatos, programas y actividades contenidos en el Plan de Trabajo adoptado en el Duodécimo Período Ordinario de Sesiones.

14 Solicitar a los Estados Miembros, Observadores Permanentes y organismos internacionales pertinentes que provean, mantengan o incrementen, según corresponda, sus contribuciones voluntarias de recursos financieros o humanos al CICTE, con el objeto de facilitar el cumplimiento de sus funciones y promover la optimización de sus programas y el alcance de su labor.

15 Su compromiso de implementar esta Declaración y el Plan de Trabajo de CICTE, el cual incluye áreas de trabajo sobre controles fronterizos, asistencia legislativa y combate al financiamiento del terrorismo, protección de infraestructura crítica, fortalecimiento de estrategias ante amenazas terroristas emergentes y coordinación y cooperación internacional, adoptados en el Duodécimo Período Ordinario de Sesiones del CICTE.

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