RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 4/2014
Plataforma de Tramitación a Distancia. Trámites. Inicio y gestión.
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
B.O.: 28-abr-2014
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y N° 4.013, los Decretos Nros. 589/09, 765/10, 196/11 y 429/13 y el Expediente N° 2013-4206937-SSGPM y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que entre los objetivos específicos del referido plan se enuncian: «Orientar la Administración al servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de canales efectivos de participación y control ciudadano», y «Promover e introducir el uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación de manera de responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.», respectivamente; Que en ese marco, la mencionada Ley propone entre las actividades a desarrollar:
«Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones»; Que a tales efectos, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos; Que en ese sentido, por Decreto Nº 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por otra parte, por Decreto N° 765/10 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- como medio de creación, registro y archivo de informes y providencias; Que asimismo por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del Expediente Electrónico que constituye el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento administrativo, cualquiera sea el tipo de información que contenga; Que, en una segunda etapa, dando ejecución a aquellas prescripciones de la Ley N° 3.304 que refieren a la relación directa de la administración con los ciudadanos, se dictó el Decreto N°429/13, por el que se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD- como medio de interacción remota del ciudadano con la administración, constituyéndose como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, procurando incrementar la calidad de la interacción entre el Estado y los administrados; Que la Ley de Ministerios N° 4.013, en su artículo 26, designa al Ministerio de Modernización como la autoridad de aplicación del Plan de Modernización de la Administración Pública antes mencionado, quedando además facultado a diseñar e implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, de acuerdo a la referida Ley, le corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros en forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad; Que, asimismo, por el artículo 5° del Decreto N°429/13 se facultó al señor Ministro de Modernización, al Jefe de Gabinete de Ministros y al Secretario Legal Técnico, en forma conjunta, a aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a la Plataforma de Tramitación a Distancia -TAD-.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVEN:
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 5 de mayo del corriente los siguientes trámites estarán disponibles para ser iniciados y gestionados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia:
-AJG00301A – AJG Presentaciones Ciudadanas.
-AJG00302A – Solicitud audiencia Jefe de Gobierno.
-AJG00504A – Registro Administradores de Consorcios Presentación Anual DDJJ.
-GENE2109A – Registro Ley 104 Acceso a la Información.
-MCGC0302A – Casco Histórico Recuperación de Fachada.
-MCGC0505A – Patrimonio Histórico Asesoramientos técnicos Patrimoniales.
-MCGC0601A – Donaciones sin Cargo.
-MJGG0102A – Infracción Ley 24.240.
-MJGG0103A – Administración de Consorcios.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ibarra – Rodríguez Larreta – Clusellas