Artículo originalmente publicado el Martes 21 de enero de 2014 en Infobae
El Gobierno puso en marcha una declaración jurada para retirar envíos desde páginas extranjeras. Con este instrumento busca que los consumidores paguen un impuesto de 50% sobre el excedente de 25 dólares.
Con el objetivo de frenar la fuga de dólares, la AFIP amplió el cepo e instrumentó una medida para desalentar la compra de productos en sitios webs del exterior. Precios mucho más bajos que en el mercado local, envío gratuito y acceso a una gran diversidad de productos habían convertido a varias páginas de todo el mundo en una tentación irresistible para los consumidores argentinos.
Tal fue el boom de las compras en páginas de China y otros mercados que el Correo estaba colapsado por la gran cantidad de paquetes que llegaban a diario. Incluso se vio obligado a cambiar algunas pautas de distribución de encomiendas y a destinar ventanillas especiales para el retiro de la mercadería.
Hasta hoy, la Aduana sólo detenía algunos envíos -generalmente los de los paquetes más grandes- y convocaba a los compradores a pagar el arancel correspondiente por la importación de un producto. El resto de las operaciones se distribuía a través del Correo sin que los consumidores debieran abonar ningún impuesto extra sobre el precio de la mercadería y el 35% vigente por la transacción en moneda extranjera.
Ahora, con la nueva declaración jurada, los consumidores deberán detallar qué producto compraron y, de corresponder, abonar mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) las cargas correspondientes por el ingreso del producto al país. Para realizar el trámite se necesita clave fiscal con nivel de seguridad 2.
De acuerdo a las normas vigentes, cada comprador tiene una franquicia de u$s25 por añopara recibir mercadería del exterior. Superado el límite, debe pagar un impuesto extra equivalente al 50% del valor del producto que adquirió. Para el cálculo del tributo, se incluyen los costos de envío. Así, un producto por el cual se pagaron 100 dólares, pasará a costar 137,50. A este monto habrá que sumarle el 35% que puede deducirse de los regímenes de Ganancias y Bienes Personales.
La declaración jurada y el pago deben realizarse antes de ir a buscar el producto al Correo. La AFIP recordó a través de un documento publicado en su página web cómo es el procedimiento para abonar un tributo mediante VEP.
Fuente: Infobae