Samuel Parra, fundador de E-Privacidad.
La era de Internet ha dado paso al llamado derecho al olvido. Particulares, políticos o famosos piden a empresas especializadas en la protección de datos y privacidad que borren de la red información que les daña.
Google ofrece las miserias de cada uno sólo con poner un nombre y apellido y eso debe tener, opina Parra, un límite.
Su ponencia sobre el derecho al olvido puso el broche de oro ayer a las jornadas de Derecho e Internet que han abordado esta semana las novedades jurídicas en la red, organizadas por el Colegio de Abogados de Alicante (ICALI) y celebradas en la Universidad de Alicante. Este murciano de 31 años estudió Derecho y siempre quiso ligar su formación a su hobby: la informática. Esta suma más su visión de un nicho de negocio como el de la protección de datos le llevó a fundar E-privacidad, empresa que vela por el derecho al olvido en la red, asunto a debate en la actualidad tras las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respecto a una denuncia en la Audiencia Nacional de un español que pide a Google que su embargo no aparezca al otro lado de la pantalla.
¿Qué datos son los que los ciudadanos piden borrar en la red?
En primer lugar el que afecta de los Boletines Oficiales del Estado (BOE). Los gobiernos publican la edición oficial en internet de forma que vuelcan miles de datos personales junto a los boletines anteriores, con lo que aparecen datos obsoletos. A nadie le importa una reclamación de una multa de alguien de hace veinte años. También recurre a nosotros mucha gente que está buscando trabajo y que si pones su nombre en internet resulta que aparece una multa de tráfico o que cuando era joven le pillaron fumando un porro y le sancionaron. La gente se encuentra dificultades laborales porque Internet la asocia a una multa de hace 15 o 20 años. Un segundo punto son las hemerotecas digitales. Si un señor imputado por un delito de estafa hace años ahora aparece en internet, automáticamente para la gente es un estafador.
Bueno, siempre quedarán las hemerotecas en papel…
Sí, pero a la gente no le molesta que esté el papel, lo que le molesta es que pongas su nombre en Google y aparezca esa multa como primer resultado. Hay un tercer motivo por lo que se recurre a nuestros servicios, que es el componente digital de foros, blogs y redes sociales. Hay quien te monta un blog de un día para otro cuyo único fin es difamarte.
El Tribunal Europeo tiene pendiente un pronunciamiento sobre el abogado gallego que pidió a la Agencia de Protección de Datos que se borrara su embargo. ¿Debe amparar la Justicia el derecho al olvido?
Por supuesto. La posición de Google es insostenible. Defiende que es una censura eliminar la indexación que hace de los datos. Pero yo pienso que la censura se produce solamente cuando no se ha podido publicar algo, es previa a la publicación. Y la información original sigue, pero se trata de que Google no indexe esos contenidos, que no se eliminan, lo que se hace es que no aparezcan en las primeras páginas. Pero en unos datos que se volcaron hace cinco años a internet y que todo el mundo ya ha podido copiar, pegar, leer o lo que quiera, y que el fin de la notificación ya se ha cumplido, ahí no se puede hablar de censura.
¿Qué responsabilidad tiene el buscador en estos casos?
Toda, porque todo el mundo busca ya la información vía buscador. Se da información obsoleta. Si a una persona con antecedentes que incluso ha cumplido condena y ya está rehabilitada les sigues mostrando esa información la estás perjudicando, no va a poder reinsertarse en la sociedad que es el objetivo del castigo, y no digamos encontrar un trabajo. Tenemos un caso de una niña que puso el nombre de su abuelo en el buscador y vio un indulto por un delito de drogas y conseguimos retirar de internet el indulto.
¿Se queda corta la Ley de Protección de datos para proteger el derecho al honor y la privacidad?
El derecho al honor y la imagen tiene su propia regulación, pero vía protección de datos, que es vía civil, se queda muy corta porque la Ley es antigua y los derechos que otorga no incluyen los que exige el ciudadano, que es que Google desindexe contenidos, que es precisamente sobre lo que se tiene que pronunciar el Tribunal Europeo. No existe ese derecho a desindexar y lo que hay que hacer es reinterpretar los que sí existen, como el de cancelación.
Cuando se trata de reponer derechos con el borrado, ¿se exige documentación que acredite que los datos publicados son falsos?
Sí, tú tienes que acreditar que se ha producido un asalto a tu derecho al honor. Por ejemplo, un medio de comunicación difundió en un vídeo sobre el 11-S como terrorista a un hombre que no tenía nada que ver y demandó. La Justicia obligó a indemnizar al particular y a modificar el vídeo para que no se siga mostrando el reportaje entero. En el link en internet que asocia «terrorista» a ese hombre, si pinchas, no hay nada.
¿Cual es el perfil de los clientes que pagan por borrar sus datos?
Todos. Desde las cosas más básicas, como borrar datos que dañan a personas que buscan trabajo; o políticos que piden borrar informaciones en la web sobre su gestión pública, que es prácticamente imposible, y lo que hacemos es proponerle un plan para que su nombre se asocie a lo que queremos.
¿Piden los padres estos servicios para sus hijos?
Bastante, sobre todo para eliminar fotos de sus hijos de juerga más que de contenido erótico. Nosotros mismos les damos a los menores nociones sobre las consecuencias de dejar esas fotos en Internet.
Fuente: Diario Információn