MINISTERIO DE ECONOMIA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 1248/99

Bs. As. 19/10/99

VISTO la Resolución Nº 412 del registro de este Ministerio de fecha 8 de abril de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución aprobó las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico y Comercio Exterior de este Ministerio.

Que el mencionado grupo de trabajo ha producido un Segundo Informe de Progreso de acuerdo con lo encomendado en el Anexo de la misma.

Que del informe surgen nuevas conclusiones por lo que se formulan recomendaciones que complementan las enumeradas en la citada resolución.

Que a fin de que se pueda continuar con el estudio de los distintos aspectos y consecuencias que el comercio electrónico produce en la realidad económica de nuestro país, resulta conveniente mancomunar los trabajos realizados en las distintas áreas a fin de continuar en forma sistemática.

Que la vertiginosa evolución del comercio electrónico en el país y en el mundo requiere un seguimiento continuo y dinámico.

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto en virtud del artículo 19 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992).

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase como anexo complementario de la Resolución MEYOSP Nº 412 de fecha 8 de abril de 1999, el Segundo Informe de Progreso del Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico y Comercio Exterior de este Ministerio que como Anexo integra la presente resolución.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ROQUE B. FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. El mismo puede ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal), o en la Dirección Electrónica http://www.mecon.gov.ar/comercio/electronico/default.1.htm.

e. 20/10 Nº 295.959 v. 20/10/99

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