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La firma muestra su compromiso con la privacidad de la información junto a otras compañías como Intel, Microsoft y AT&T.

En el pasado Google ha sido muy criticada, junto al resto de compañías de Internet, por su laxo interés por  la protección de datos, pero la firma quiero quitarse el sambenito y mostrar su compromiso con la materia.

Por ello, la enseña de la gran G, aprovechando el Día Internacional de la Privacidad de Datos,  ha publicado sus propios principios en un momento clave en el que se muestra como un abanderado de los derechos de los internautas por su conflicto con el Gobierno chino.

Los cinco pilares de su nueva filosofía se traducen en:

  1. Usar la información para proporcionar a los usuarios productos y servicios valiosos.
  2. Desarrollar productos que dispongan de estrictos estándares de privacidad.
  3. Recolectar datos de forma transparente.
  4. Dar a los usuarios opciones variadas para proteger su privacidad, como eliminar historiales o mover sus datos fuera de los servicios de Google.
  5. Ser en un guardián responsable de la información que se conserva.

Hace dos años algunos activistas defensores de los derechos de los usuarios afirmaron que el rastro de las búsquedas en el motor de Mountain View almacena durante 32 años. Google, sin embargo, se comprometió el año pasado a guardar los datos como máximo 18 meses, afirmando que una vez superado el plazo todas huellas desaparecen. Por su parte, su rival Microsoft acaba de acortar este intervalo a los seis meses.

Fuente: SiliconNews.es

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, anunció la apertura de la convocatoria FONSOFT Emprendedores 2009, dirigido al sector de software y servicios informáticos, donde se otorgarán subsidios de hasta $150.000 por proyecto.

La convocatoria FONSOFT Emprendedores 2009 apunta a fomentar la creación y consolidación de empresas de software y servicios informáticos.

El instrumento es administrado por el FONSOFT (Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software), que depende La Agencia, y fue creado con el objetivo de promover el espíritu emprendedor dentro de este sector y colaborar con la constitución de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes.

FONSOFT Emprendedores lleva aprobados, entre sus dos ediciones, 270 proyectos por más de $23 M. Esta vez, además de financiar nuevos proyectos de desarrollo de productos de software y servicios informáticos, se podrán financiar proyectos para la continuación de trabajos realizados en el marco de convocatorias anteriores.

La primera modalidad está dirigida a personas físicas y empresas unipersonales o sociedades que no tengan más de 24 meses de antigüedad desde su constitución. Las mismas deberán estar radicadas en territorio nacional y en el caso de las empresas deberán satisfacer la condición de micro o pequeña empresa dedicada a la producción de software. La segunda modalidad está dirigida a quienes hayan sido beneficiarios de subsidios FONSOFT Emprendedores 2007 ó 2008 y hayan completado con éxito al menos el 70% del proyecto subsidiado al cierre de la presente convocatoria.

Los subsidios serán de $150.000 por proyecto como máximo y no podrán superar el 50% del costo total. Además, por estar destinada a emprendedores, la línea funciona con la modalidad de anticipos y reconoce como contraparte el tiempo de trabajo no retribuido en lugar de dinero.

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 24 meses y deberán estar dirigidos al desarrollo de productos de software y servicios informáticos, excluido el autodesarrollo, en el caso de la primera modalidad. Los proyectos destinados a la continuación de trabajos anteriores, en cambio, se deberán orientar a extender la funcionalidad del producto original y/o realizar actividades de puesta en el mercado del producto. Los proyectos podrán presentarse hasta el 29 de abril de 2010 a las 12:00hs.

Se priorizarán aquellos trabajos destinados a áreas estratégicas: videojuegos, agroindustria, informática industrial, bioinformática, medicina y salud, telefonía inalámbrica y celular, Internet inalámbrica y móvil, seguridad, gobierno electrónico, GIS (sistemas de información geográfica), procesamiento de imágenes y señales y turismo.

Fuente: PuntoBiz

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) cumplirá hoy diez años de su entrada en vigor, que nació con el objetivo de hacer frente a los riesgos que para los derechos de la personalidad pueden suponer el acopio, tratamiento y utilización de datos personales y garantizar y proteger los derechos de los ciudadanos.

La actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal, adaptó el actual ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, derogando a su vez la hasta entonces vigente LORTAD, Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

En esta andadura, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) indicó que se produjo además la aprobación, en el año 2007, del Reglamento (1720/2007) de desarrollo de la LOPD, con el objetivo de lograr una “mayor seguridad jurídica y conseguir una mayor claridad” en la aplicación de la norma y a adaptar sus previsiones a la realidad existente en la actualidad.

Asimismo, durante los diez años de vigencia de la LOPD, la AEPD ejerció las funciones que la Ley le otorga para hacer frente a los riesgos que para los derechos de los ciudadanos puede suponer el acopio y tratamiento de datos personales, perseguir las conductas contrarias a la ley y defender y tutelar los derechos de los ciudadanos, además de trabajar “intensamente en el desarrollo de iniciativas de concienciación, información y simplificación del cumplimiento de la LOPD”.

Según señaló la entidad, la respuesta a estas iniciativas permitió constatar la tendencia de “mayor conocimiento” por parte de los ciudadanos y “más nivel de cumplimiento” por parte de las empresas e instituciones. Muestra de ello son, a su juicio, el incremento de ficheros inscritos en el RGPD, que superaron en el año 2009 la cifra de 1.640.000, así como los incrementos progresivos producidos en las consultas y reclamaciones que los ciudadanos dirigen a la AEPD y en los procedimientos tramitados por ella, junto con los resultados de los últimos estudios demoscópicos, como el barómetro del CIS del pasado mes de septiembre.

Por último, esta labor se ha traducido en “numerosas” actividades divulgativas o la publicación de guías que ofrecen herramientas de ayuda a particulares u organizaciones, públicas o privadas, para un “adecuado” cumplimiento de la legalidad vigente. En concreto, el ‘Estudio sobre la privacidad de los datos personales y la seguridad de la información en las redes sociales online’, las ‘Recomendaciones a los usuarios de Internet’ y las Guías de ‘Videovigilancia y ‘Protección de datos en las relaciones laborales’ son los ejemplos más recientes en este sentido.

Fuente: LaFlecha.net

El grupo Microsoft afirmó hoy que guardará las direcciones IP de los usuarios sólo seis meses, tal y como le había solicitado el grupo de trabajo especializado en privacidad de la Comisión Europea (CE).

La compañía, que quiere así proteger la identidad de los internautas, se ha comprometido a llevar a cabo esta medida en los próximos 12 ó 18 meses, indicó el vicepresidente y responsable de asuntos europeos de Microsoft, John Vassallo, a través de su blog.

Las compañías que gestionan buscadores en internet, como Microsoft (cuyo buscador es “Bing”), Google y Yahoo! guardan durante algún tiempo la dirección de internet que les proporcionan los usuarios cuando realizan una consulta.

El grupo de trabajo formado por responsables de protección de datos de los 27 países comunitarios insistió en una carta enviada a estas empresas el pasado octubre en que debían rebajar el tiempo que retienen estas direcciones IP (el número que identifica a un ordenador) a 6 meses como máximo.

Microsoft indicó que, cuando un usuario utilice su buscador, “Bing” procederá a separar los elementos de la búsqueda de cualquier información personal.

A continuación, la compañía aseguró que a los 6 meses borrará la dirección IP de ese internauta y, a los 18, cualquier otro elemento que identifique la sesión que inició ese usuario.

De esa forma, será imposible establecer una asociación entre el usuario y el rastro de las búsquedas que realizó en internet, señala la empresa.

Vassallo señaló que las búsquedas de los usuarios les permite “mejorar la calidad de los resultados, proteger contra el fraude y mantener un negocio seguro y viable”, pero que había que preservar la privacidad.

Fuente: RPP.com.pe

Los ladrones de identidad usan métodos de baja tecnología (robando su billetera o también mirando sus informaciones) también como engaños sofisticados por internet para robar los datos personales sensitivos de las personas. Por eso es critico proteger todos nuestros documentos, tarjetas de crédito o números sensitivos que puede ser usado por los ladrones para su beneficio personal sea que este en su casa, fuera o en un lugar publico usando el internet. Aquí unos consejos básicos para ayudarle a reducir el riesgo de robo de identidad ya sea que este conectado en línea o no.

  • Revise su crédito cuidadosamente. Su reporte de crédito contiene información acerca de sus cuentas y de su historial de pago de manera que puede ser advertido si alguien esta usando su identidad. Busque actividades dudosas tales como cuentas que usted no abrió. También puede considerar servicios de protección de identidad que van desde el monitoreo del crédito hasta escaneo de base de datos para seguridad extra.
  • Mantenga los registros de sus datos y transacciones financieras. Revise sus estados de cuenta regularmente por cualquier actividad o cargo que usted no haya hecho.
  • Instale programas de seguridad. (corta-fuegos, antivirus, anti-spyware) y manténgalos actualizados como una medida de seguridad encontrar de las intrusiones en línea.
  • Use un navegador actualizado para mantenerse seguro de que esta tomando ventaja de sus mas recientes funcionalidades de seguridad.
  • Tenga cuidado con los archivos anexos y enlaces tanto en los email como en los mensajes. Sea cuidadoso aun cuando los mensajes aparenten venir de una persona conocida, ya que la información de identidad en mensajes puede ser fácilmente engañada.
  • Guarde sus datos sensitivos de manera segura. Así como guarda los documentos de papeles sensitivos bajo llave, así mismo asegure su información en línea sensitiva. Esto se puede hacer con programas de encripcion de archivos.
  • Destruya los documentos. (ambos papeles y electrónicos) que contengan información personal o financiera. Esto previene que busquen esos documentos en los botadores de basura y en el mundo digital, la habilidad de los hackers conseguir información que no ha sido borrada de manera permanente de nuestra computadora.
  • Proteja su información personal identificable. Sea cauteloso a la hora de dar información personal a alguien. Investigue por que esa información es necesitada y si es absolutamente necesario que usted la provea. Sea cuidadoso acerca de los detalles que provee de usted mismo en línea, tales como sitios de redes sociales.
  • Manténgase alerta de los mas recientes engaños. La consciencia y la precaución son métodos efectivos para combatir el fraude. Comparta los consejos de seguridad que aprenda con sus amigos y familiares.

Fuente: http://www.tecnoseguridad.net/como-prevenir-el-robo-de-identidad/

Los datos personales de los ciudadanos de la Unión Europea también deberán cumplir los estándares mínimos de protección que prevé la normativa comunitaria aunque se gestionen por empresas de terceros países, ha informado hoy la Comisión Europea en un comunicado.

La decisión modifica la regulación existente, que no tenía en cuenta que las deslocalizaciones de negocios de transferencia y proceso de datos a países extracomunitarios dejaban fuera del amparo europeo la información sensible de los ciudadanos.

A partir de ahora, cuando un importador de datos quiera subcontratar alguna de sus actividades de proceso de información personal en nombre de un exportador de la UE, deberá antes obtener permiso por escrito de éste último y regularse por sus estándares mínimos contractuales comunitarios.

‘Hemos conseguido un equilibrio entre las necesidades de los negocios globalizados y la protección de datos personales de los europeos’, ha explicado el saliente comisario de Justicia, Libertad y Seguridad, Jacques Barrot.

La última normativa comunitaria de estándares mínimos contractuales en protección de datos se aprobó en el año 2002.

Esa reglamentación seguirá en vigor para los acuerdos ya existentes, pero si quieren renovarse o modificarse pasarán a regirse por la nueva normativa garantista.

La CE reclama a las autoridades nacionales de protección de datos que tomen nota de la nueva regulación a la hora de firmar acuerdos internacionales de protección de datos con cláusulas ‘ad hoc’ que garanticen la protección de datos de los ciudadanos de la UE.

Fuente: Terra.es

En esta oportunidad, transcribo un muy buen post de Sebastián Lorenzo en donde ofrece un video de Jon “Maddgog” Hall (Presidente de Linux International) que compara la utilización del Software Libre y con el Software Propietario (como el de Microsoft).

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En varias ocasiones hice pública mi posición sobre la relación Software-Estado. Desde mi óptica, y aclaro que esto es personal, no hay posibilidad real de soberanía política sin soberanía tecnológica y no existe soberanía tecnológica si no sabemos que es lo que sucede adentro de los programas (software) que utilizan las computadoras que se usan para trabajar en la administración pública (municipios, ministerios, escuelas, hospitales, policía, etc).

Hace algunos meses posteaba un artículo mostrando la visión del presidente de Brasil sobre el uso de software libre como cuestión de soberanía política (si alguien no lo pudo ver recominedo hacerlo). Bien, ahora quiero presentarles a un “barbeta” que se llama Jon “Maddog” Hall y es el presidente de Linux International desde 1995, uno de los máximos referentes a nivel mundial.

Les pido que miren el video, sobre todo los ultimos 2 minutos,  y me cuenten si no vale la pena comenzar a discutir seriamente el tema. Ideas y propuestas son mas que bienvenidas:

Fuente: El Blog de Sebastian Lorenzo

El spam costó unos 100.000 millones de euros en 2009 y no se prevé que la cifra se reduzca este año.

Un año más la empresa de seguridad Symantec nos enfrenta a una cruda realidad en la que el ciberdelito puede superar los ingresos del tráfico de drogas a nivel internacional. El dato no es nuevo, pero lamentablemente no sólo se repite sino que crece.

Mientras que al principio la ciberdelincuencia, los hackers, buscaban protagonismo, desde hace unos pocos años lo que se busca es una compensación económica por sus “esfuerzos”, por lo que se calcula que en un 78% de los casos los ataques tienen un componente financiero. En este sentido las tarjetas de crédito siguen siendo el objetivo preferido de los ciberdelincuentes en un 32% de los casos.

El spam y los mensajes fraudulentos siguen creciendo, “y esto ocurre porque sigue funcionando”, afirma Javier Ildefonso, director de marketing de consumo de Symantec. Concretamente el spam costó 140.000 millones de dólares (99.500 millones de euros) en 2009 y no se prevé que la cifra se reduzca en 2010. Además, los botnet ayudan a rentabilizar los ataques de todo tipo, sobre todo de correo basura, lo que hace que cada vez sean más fáciles y más rentables, ya que un sólo administrador puede llegar a cada vez más ordenadores.

Según los datos de Symantec los ataques de phising, los correos electrónicos falsos y el fraude online que juegan con nuestros gustos, emociones y preocupaciones, así como otros engaños que intentan hacer que los consumidores ofrezcan datos personales, están aumentando un 20% mensualmente. A esto se le llama ingeniería social y los hackers la utilizan cada vez más para confundir a los usuarios y bajar sus defensas. Según Ildefonso, en la ingeniería social juegan un papel muy importante todos los datos privados que los usuarios colocan en redes sociales como Facebook, sin darse cuenta de sus repercusiones.

Además del crecimiento de la ciberdelincuencia en general, Symantec ha querido destacar la presencia de un tipo diferente de cibercriminal cuando afirma que uno de cada siete jóvenes de edades comprendidas entre los 10 y los 17 años ha recibido alguna propuesta de tipo sexual en Internet, y que al contrario que los ciberdelitos financieros cometen lo que define como “delito de depredación”.

Fuente: ITEspresso.es

La Policía Nacional de España ha detenido en Jerez a un jove de 26 años como presunto autor de un delito de ‘phishing’. Esta estafa consiste en el envío masivo de publicidad a través de Internet en la que se ofrecen trabajos para captar a terceras personas que deseen ganar una gran cantidad de dinero de forma rápida y sencilla.

La Policía Nacional ha detenido en Jerez a un joven de 26 años como presunto autor de un delito de estafa cibernética denominada ‘phishing’.

Las investigaciones se iniciaron a raíz de que un ciudadano denunció una transferencia fraudulenta de dinero desde su cuenta corriente a otra cuenta bancaria a nombre del detenido. Esta estafa consiste en el envío masivo de publicidad a través de Internet en la que se ofrecen trabajos para captar a terceras personas que deseen ganar una gran cantidad de dinero de forma rápida y sencilla. Se trata de que abran cuentas bancarias que actúen como intermediarias para recibir transferencias monetarias desde cuentas de presuntos clientes de la organización.Posteriormente, el estafador se hace pasar por una persona o empresa de confianza en una aparente comunicación oficial electrónica, por lo común un correo electrónico o algún sistema de mensajería instantánea o incluso utilizando también llamadas telefónicas.

La modalidad más común, desarrollada generalmente por grupos de delincuentes de Europa del Este, es la del envío masivo de correos electrónicos, imitando correos de entidades bancarias, mediante los que se solicitan las claves de las cuentas bancarias online, con la excusa de realizar comprobaciones técnicas. Después de descubrir las claves y acceder a las cuentas bancarias haciéndose pasar por su titular para transferir el dinero sin su consentimiento, comienzan a retirar sumas importantes de dinero que ingresan en la cuenta corriente de una persona captada por la organización denominada o mulero, que se queda con un porcentaje de la transferencia y envía el resto a las cuentas indicadas por los estafadores.

En este caso, el detenido abrió una cuenta corriente a la que se realizó una transferencia monetaria de casi 3.000 euros el pasado 12 de enero de 2010.

Fuente: Cope.es

Puso en marcha un sistema de conexión a internet WiFi gratis en la zona de la costanera.

Desde principios de enero de 2010 la Costanera Municipal de San Fernando cuenta con WiFi totalmente gratuita para los vecinos y visitantes.

La conexión WiFi consiste en un sistema de envío de datos sobre redes computacionales que utiliza ondas de radio en lugar de cables, de manera que cualquiera que tenga acceso a la red puede conectarse desde distintos puntos dentro de un rango suficientemente amplio de espacio.

En San Fernando, el servicio está disponible tanto en la zona de la Costanera a la que se llega por la calle Del Arca, como en el nuevo sector donde se emplaza el Centro de Exposiciones del Parque Náutico.

La conexión es automática y se accede sin clave. Cuando se inicia el enlace, se despliega un sitio Web en el que la Municipalidad de San Fernando le da la bienvenida al usuario y desde donde se puede acceder en forma directa al link del sitio Web del Consorcio Parque Náutico, organización que financia el programa WiFi Libre.

Este nuevo servicio público y gratuito forma parte de una voluntad política más amplia que se encamina hacia el Gobierno Electrónico y la ciudad digital. En este sentido, el Municipio tiene la intención de expandir el servicio WiFi Libre a toda la ciudad, aprovechando la red del Sistema de Monitoreo recientemente licitiado.

Además de ser transparente manteniendo el acceso a la información pública, estas iniciativas facilitan a los ciudadanos el acceso a Internet y, con el sitio Web www.sanfernando.gov.ar renovado recientemente, las gestiones de trámites y servicios a través del portal, agilizan las tareas diarias de los vecinos.

Por su parte, la incorporación de blogs y vínculos en el sitio es acorde con diversas experiencias de participación comunitaria desarrolladas por la Intendencia.

Fuente: InfoBAN

Colombia, Chile y Uruguay lideran en Gobierno Electrónico en Latinoamérica  según un informe de Naciones Unidas.

El informe destaca el crecimiento de varias posiciones por parte de Colombia, actualmente primero en América Latina y el Caribe y 32 en el Mundo. Chile se ubica en el segundo puesto y 34 en el Mundo, seguido por Uruguay, 36 en el Mundo.

Otros países que se encontraban en mejor lugar que Colombia y cayeron posiciones son Barbados (40), México (56), Argentina (48) y Brasil (61).

Estos siete países latinoamericanos superan el promedio mundial, como se observa en el gráfico de la imagen, donde la línea naranja punteada refiere al promedio mundial de desarrollo en gobierno electrónico y la línea violeta refiere al promedio en las Américas.

El liderazgo mundial de Gobierno Electrónico, entre 192 países evaluados, pasó de Suecia a Corea del Sur, seguido de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido e Irlanda del Norte, Países Bajos, Noruega, Dinamarca, Australia, España y Francia. El país que mayores avances presentó es Palaos (+80, del 183 al 103) mientras que Sudáfrica es el que más posiciones perdió (-36, del 61 al 97).

Fuente: UruguayAlDia.com

La Electronic Communications Privacy Act de 1986 (ECPA), ed. L. No. 99-508, § 201, 100 Stat. De 1848, codificada en su forma enmendada en 18 USCS § § 2701-2711, regula el acceso, uso, divulgación, la interceptación y la protección de la privacidad de las comunicaciones electrónicas.

En la ECPA, las comunicaciones electrónicas se definen como “toda transmisión de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos, datos o informaciones de cualquier naturaleza transmitida en su totalidad o en parte por un hilo, radio, electromagnéticas, la foto sistema óptico electrónico o la foto que afecta a otro o el comercio exterior. “

Así, según esta definición, e-mails son las comunicaciones electrónicas en virtud de ECPA. ECPA fue presentado por los preceptos de la Ley Patriota de EE.UU. y, como muchos otros conceptos introducidos por la Ley Patriota, que contiene las medidas de vigilancia cuestionable. Este artículo, por ejemplo, presenta un caso relacionado con la vigilancia de gobierno de los EE.UU. de e-mails, según lo autorizado por ECPA, y la decisión de la court’ en violación de la plaintiff’ de la reclamación de privacidad.

Obligado divulgación de las comunicaciones electrónicas en ECPA proporciona diferentes niveles de protección de la intimidad según el tiempo que un correo electrónico se mantiene en el almacenamiento electrónico con un servicio de comunicaciones electrónicas o servicios de computación remota. 18 USCS § 2703 (a) autoriza al gobierno federal a ordenar la divulgación de mensajes de correo electrónico que están en el almacenamiento electrónico con un servicio de comunicación electrónica por 180 días o menos, sino en virtud de una orden de mandamiento judicial. Por lo tanto, 18 USCS § 2703 (d) se autoriza al gobierno federal para pedir a los proveedores de servicios de Internet (ISP) a revelar el contenido de sus clientes”las comunicaciones electrónicas en ciertos casos.

Pide ECPA en esta sección podrán ser tratados por medio de un tribunal a instancia de parte orden. Como resultado, los grupos de EE.UU. que defienden los derechos de privacidad han criticado esta sección ECPA particular, a pesar de la exigencia de que estas peticiones se limitan a ciertos casos. E-mails en el almacenamiento electrónico de más de 180 días pueden ser provistas por (1) una orden de orden, (2) una citación administrativa, o (3) un orden de la corte parte en el § 2703 (d).

Obligado divulgación de las comunicaciones electrónicas, por lo tanto, es necesario conocer la definición exacta de las tres siguientes términos: “servicios de comunicación electrónicos” son los que permiten a los usuarios enviar o recibir alambre o las comunicaciones electrónicas. 18 USCS § 2510 (15). Esta definición, por lo tanto, cubre los servicios básicos de correo electrónico. “Almacenamiento electrónico” es un almacenamiento temporal de un cable o comunicación electrónica con fines de copia de seguridad. 18 USCS § 2510 (17). “Servicios de informática a distancia” son los que proporcionan un almacenamiento de larga duración o de equipo de procesamiento de servicios a los clientes. 18 USCS § 2711 (2).

En Warshak v. United States, 532 F. 3d 521 (Ct. App Cir. 6. 2008), los EE.UU. estaba llevando a cabo una investigación de la empresa Warshak’ para determinar si había cometido fraude bancario y de correo electrónico y lavado de dinero y obtuvo una orden judicial ex parte obliga a un ISP a revelar el contenido de Warshak’ e-mails. Warshak sólo sabía de la orden ex parte un año más tarde después de que el gobierno federal había espiado a sus e-mails.

Warshak presentó un recurso de sentencia declaratoria que buscan invalidar § 2703 (d) en la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Warshak también solicitó una orden preliminar para prohibir que buscan que el gobierno federal de usar § 2703 (d) revisar el contenido de cualquier cuenta personal de correo electrónico pertenecientes a Warshak o un residente del Distrito Sur de Ohio. El tribunal de distrito ordenó que el gobierno utilice § 2703 (d) para aprovechar el contenido de los e-mails de Warshak’ sin darle la oportunidad de ser oído. El gobierno apeló.

El tribunal de apelaciones dejó vacante el interdicto preliminar court’ distrito, y devolvió el caso a las instrucciones para descartar la demanda de inconstitucionalidad. El tribunal de apelación consideró que el caso no estaba maduro para su revisión. El tribunal sostuvo que “[L] de pie Ike, la madurez se extrae tanto de las limitaciones del artículo III en el poder judicial y de las razones prudenciales, por negarse a ejercer su jurisdicción.

La doctrina de madurez sirve para evitar el fallo prematuro de las cuestiones jurídicas y evitar que los tribunales de enredándose en los debates abstractos que pueden resultar de manera diferente en diferentes contextos. Al determinar si una reclamación está maduro para la resolución judicial, el Tribunal Federal de Apelaciones del Sexto Circuito hace dos preguntas básicas:

  • (1) es el ajuste reclamación por la decisión judicial en la sentido de que surge en un contexto de hechos concretos y se refiere a una controversia que es probable que lleguen a pasar, y
  • (2) ¿Cuál es la dificultad de las partes de la retención de examen judicial? “

El tribunal de Warshak se abstuvo de entrar en aguas turbias, y podemos esperar que un tribunal de apelaciones seguirá esta postura. EE.UU.

Ningún juez lo desea, puede sostener que la Ley Patriota y § 2703 (d) violar la Constitución de los Estados Unidos. Esta es definitivamente una cuestión que se deja al Congreso y demasiado político y sensible para cualquier tribunal.

Mientras tanto, podemos fácilmente decir que no hay expectativa de privacidad de cualquier contenido de e-mail cuando se trata de una investigación penal federal.

[Reference 1]

[Reference 2]

Martha L. Arias, IBLS Director
Tuesday, January 19, 2010

Fuente: IBLS.es

La retención de datos relacionados con las búsquedas realizadas por los usuarios se reduce de los 18 meses a los seis.

Microsoft ha anunciado cambios en la política de retención de datos para su motor de búsqueda Bing, por lo que toda la información relacionada con las direcciones IP asociadas con las búsquedas ahora serán eliminadas después de seis meses.

Peter Cullen, director de privacidad de Microsoft, anunció los cambios en un blog ayer, confirmando que la cantidad de tiempo que Microsoft mantendrá los datos se reduce de 18 meses a seis. El cambio, afirmaba Cullen, es el resultado de una serie de factores, incluida la evaluación de las necesidades de la compañía así como la competencia en el terreno de los buscadores y las conversaciones que Microsoft ha mantenido con grupos de consumidores, reguladores y abogados privados.

En 2008 los reguladores europeos pidieron a Microsoft, Yahoo! y Google que eliminaran los datos de navegación, incluida la IP, además de su ubicación y el texto escrito en los campos de búsqueda después de seis meses y Microsoft ha sido el primero en cumplir con la petición. Por su parte, los otros dos gigantes de Internet han asegurado que necesitan almacenar esos datos a más largo plazo para poder mejorar sus motores de búsqueda.

Cullen añadió que Microsoft implementará su nueva política durante los próximos 12 a 18 meses.

Fuente: ITespresso.es

Siempre que abordamos cualquier intento de establecer medidas de seguridad debemos no perder de vista el factor humano, tanto desde la perspectiva del que va a tener que ponerlas en marcha como desde la perspectiva del que las va a sufrir como usuario.

La psicología de la seguridad es un campo apasionante en el que intento profundizar más cada día y está relacionado con otras emociones tan comunes como el miedo.

El siguiente es un un estudio de la Universidad de Cambridge desde la perspectiva de la victima. ¿Es posible que se den determinadas circunstancias en donde seamos más vulnerables?. Parece que sí, podemos hablar del riesgo a ser estafado.

En ciertos contextos podemos, sin darnos cuenta, caer en las manos del estafador. El estudio analiza diferentes tipos de estafa y establece siete principios de nos hacen picar con más facilidad. Estos son:

  1. El principio de la distracción: mientras que usted está distraído por lo que considera de su interés, los estafadores pueden estar haciendo en ese momento algo que usted no note.
  2. El principio de obediencia social: la Sociedad nos educa y entrena para no cuestionar la autoridad. Los estafadores pueden aprovechar este “otorgamiento previo de confianza” o “nuestra anulación de la desconfianza” para hacer con usted lo que quieran.
  3. El principio del rebaño: las personas más prudentes y desconfianzas bajan la guardia cuando todo el mundo parece asumir o compartir los mismos riesgos. ¿Seguridad en multitudes? No, si todos los que te acompañan están conspirando contra ti.
  4. El principio de falta de honradez: cualquier cosa ilegal que hagas será usado en su contra por el defraudador, haciendo más difícil para usted para buscar ayuda una vez que te das cuenta que has podido ser estafado.
  5. El principio del engaño: las cosas y las personas no son lo que parecen. Los estafadores saben cómo manipularte para que creas que son lo que no parecen.
  6. La necesidad y el principio de la codicia: tus necesidades y deseos te hacen vulnerable. Una vez que los estafadores lo saben, pueden utilizarlo para poder manipularte.
  7. El principio de tiempo: cuando usted está bajo presión por disponer de poco tiempo para tomar una decisión importante, se utiliza una estrategia de decisión diferente. Los estafadores pueden preparar una estrategia para envolverte y dirigirte a tomar una decisión menos razonable.

El estudio completo se puede consultar en Understanding scam victims: seven principles for systems security.

Fuente: CEO Latam Community

La difusión del comercio electrónico continúa creciente e imparable, cuantitativa y cualitativamente, pues cada vez son mayores los negocios on-line, y en sectores económicos más diversos.

Este fenómeno de la digitalización hoy resulta imparable y hace necesario, para brindar seguridad jurídica a los millones de ciberconsumidores que se suman día con día a esta nueva cultura, que los distintos ordenamientos busquen una armonización internacional de principios y a través de normas acordes con la realidad social, jurídica y económica, y sobre todo, a través de distintas aplicaciones tecnológicas que permitan brindar una protección eficaz a las personas.

Sin embargo, para nadie es secreto que la tecnología ha traído algunos problemas en cuanto a la intimidad y la propiedad privada, pues la delincuencia informática va más rápido de lo que pensamos.

Teoría del riesgo. En lo que se refiere a la responsabilidad civil, la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia  de Costa Rica y la doctrina nos han ilustrado recientes análisis bajo dos vertientes prácticas:

  • La responsabilidad subjetiva o “responsabilidad por culpa”, y
  • la responsabilidad objetiva o “responsabilidad sin culpa”.

Conviene aclarar que en esta última prevalece como criterio de imputación la teoría del riesgo creado, el cual implica eventualmente el surgimiento de la responsabilidad civil atribuida a cualquier persona o empresa pública o privada por el simple hecho de brindar al consumidor o “potencial consumidor” un servicio que genere por sí mismo un riesgo; tipificada en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor de Costa Rica como un derecho irrenunciable para los consumidores, todo lo cual ha traído para algunas empresas prestatarias de servicios, de buena o mala fe, resultados nefastos.

Hoy en día, gracias a la competencia comercial y al avance tecnológico, existen distintas opciones para que los consumidores realicemos transacciones comerciales y financieras de manera ágil y segura. Sin embargo, debemos ser muy prudentes en la información personal que custodiamos, y sobre todo “muy desconfiados” en la información que brindamos a terceros.

Las empresas deben asegurar al consumidor mecanismos de seguridad eficientes, y más aún aquellas financieras y bancos dedicados a la captación de fondos del ahorro del público que conlleva a su custodia física y electrónica.

En cualquiera de los casos, se atribuya o no responsabilidad civil a la entidad de la que somos clientes, algunas recomendaciones prácticas para disminuir el riesgo creado son las siguientes:

  1. Nunca respondamos solicitudes de información personal a través del correo electrónico. En caso de existir dudas, póngase en contacto con la entidad que supuestamente le está enviando el mensaje.
  2. Asegúrese que el sitio web es oficial y funciona con métodos de encriptamiento seguros. El ícono del candado cerrado de sitio seguro funciona muchas veces como una herramienta práctica que permite identificar el certificado de seguridad del sitio que se está visitando.
  3. Consulte frecuentemente sus saldos bancarios y de sus tarjetas de crédito.
  4. Guarde en un lugar seguro toda la prueba física y electrónica de sus transacciones realizadas.
  5. Comunique los posibles delitos relacionados con su información personal a las autoridades.
  6. Finalmente, si desconfía de la seguridad y veracidad de algún sitio, sálgase inmediatamente y consulte directamente con la entidad. Más vale prevenir que lamentar.

Fuente: Nacion.com (Costa Rica)

Miércoles 20 de enero de 2010

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